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Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña. Ejercicio 2022

El informe en 2 minutos

¿Por qué hemos hecho esta fiscalización?

  • El CTESC es el órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno en materias socioeconómicas, laborales y ocupacionales. El Consejo se configura como un ente de derecho público con personalidad jurídica propia y adscrito al Departamento de Empresa y Trabajo.
  • En cumplimiento de su Programa anual de actividades la Sindicatura de Cuentas ha emitido el informe de fiscalización de regularidad relativo al CTESC correspondiente al ejercicio 2022.
  • El objeto de este informe ha sido la revisión de las cuentas anuales del Consejo del ejercicio mencionado, y también ha incluido la comprobación de que durante el período fiscalizado el CTESC ha desarrollado su actividad de acuerdo con la normativa que le es aplicable.

¿Cuáles son los hechos y las cifras clave?

  • La entidad liquidó derechos y reconoció obligaciones por 2,46 M€ y 2,43 M€, respectiva¬mente. Su resultado presupuestario fue positivo en 34.895 €.
  • Los gastos de personal suponían el 71,5% de su presupuesto y los gastos corrientes de bienes y servicios, el 28,1%. El Remanente de tesorería a final de 2022 presentó un saldo positivo de 822.510 €.
  • El CTESC disponía de 22 trabajadores en régimen de personal laboral a 31 de diciembre de 2022.
  • La entidad formalizó 76 expedientes de contratación por 143.555 € durante el ejercicio 2022.

¿Qué hemos observado?

  • El CTESC debería reclasificar el importe reconocido en el epígrafe del patrimonio neto, Otros incrementos patrimoniales pendientes de imputación a resultados, a una cuenta de pasivo a corto plazo, por aproximadamente 709.199,64 €.
  • Varias incidencias respecto a la contratación.
  • El Consejo no disponía de un convenio propio y se regía por diferentes acuerdos sobre condiciones de trabajo.
  • Algunos miembros del CTESC renunciaron a cobrar compensaciones económicas en favor de las organizaciones que representaban. Esta cesión del derecho a favor de un tercero no está prevista en la normativa del CTESC.
  • El departamento competente en materia de finanzas públicas debería efectuar una retención de las transferencias con cargo al ejercicio siguiente por un importe estimado de 616.883,00 €.

¿Qué recomendamos?

  • Controlar los gastos recurrentes contratados mediante contratos menores con el fin de encontrar el procedimiento de licitación más adecuado.
  • Elaborar un convenio colectivo propio para el personal laboral que se adecue a su realidad e incluya todos los aspectos organizativos necesarios para el desarrollo de sus tareas, o adherirse al convenio colectivo único del personal laboral de la Generalidad de Cataluña.