Remisión de contratos

En virtud del convenio de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y la Sindicatura de Cuentas, ambas instituciones consideran enviada la información y la documentación contractual cuando la reciba cualquiera de ellas, en soporte informático y por procedimiento telemático, de conformidad con las respectivas disposiciones, produciendo efectos, cuando proceda, ante las dos instituciones mediante un único envío.
 
Los entes del sector público local de Cataluña cumplen la obligación prevista en el artículo 335 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, i en el articulo 40 de la Ley 7 / 1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas enviando la información sobre sus contratos al Registro Público de Contratos de la Generalidad de Cataluña.
 
Se puede acceder al Registro Público de Contratos de la Generalidad de Cataluña mediante el siguiente enlace:

Documentos de referencia

Artículo 335

Artículo 335 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Convenio con la Generalidad para la remisión de los contratos del sector público a la Sindicatura mediante el Registro Público de Contratos

Convenio firmado el 13 de abril de 2021 relativo a la remisión, mediante el Registro Público de Contratos de la Generalidad de Cataluña, de la información a la que se refiere el artículo 335 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Convenio con el Tribunal de Cuentas

Convenio de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y la Sindicatura sobre medidas de coordinación en cuanto al envío telemático de las cuentas generales y al envío de información relativa a los contratos, los convenios y el control interno de las entidades locales del ámbito territorial de Cataluña.