Remisión de convenios

En virtud del convenio de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y la Sindicatura de Cuentas, ambas instituciones consideran rendida la información relativa a los convenios formalizados por las entidades locales catalanas cuando la reciba cualquiera de ellas, en soporte informático y por procedimiento telemático, de conformidad con las respectivas disposiciones, produciendo efectos, cuando proceda, ante las dos instituciones mediante un único envío.
 
Las entidades del sector público local cumplen la obligación prevista en el artículo 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por la que se aprueba la Ley de régimen jurídico del sector público, enviando la información sobre sus convenios al Registro de Convenios de Colaboración y Cooperación de la Generalidad de Cataluña.
 
Mediante el siguiente enlace se puede acceder al Registro de Convenios de Colaboración y Cooperación del Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia:

Documentos de referencia

Acuerdo del Pleno

Acuerdo del Pleno de la Sindicatura de Cuentas que establece el procedimiento que deben seguir las entidades para enviar la información sobre los convenios a la Sindicatura.

Convenio con el Tribunal de Cuentas

Convenio de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y la Sindicatura sobre medidas de coordinación en cuanto al envío telemático de las cuentas generales y al envío de información relativa a los contratos, los convenios y el control interno de las entidades locales del ámbito territorial de Cataluña.

Convenio con la Generalidad de Cataluña

Convenio de colaboración entre la Sindicatura de Cuentas y la Generalidad de Cataluña.

Artículo 53

Artículo 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.