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Envío de la información relativa al ejercicio del control interno de las corporaciones locales. Ejercicios 2019-2021

El informe en 2 minutos

¿Por qué hemos hecho esta fiscalización?

  • Para analizar y comprobar el cumplimiento de la obligación de enviar información del ejercicio del control interno, por parte de los órganos interventores de las corporaciones locales.
  • Dada la importancia de la función del control interno, era importante examinar la información facilitada sobre su funcionamiento y sobre el número de expedientes con acuerdos contrarios a los reparos, omisiones o bien con anomalías de los ingresos.

¿Cuáles son los hechos y las cifras clave?

  • Antes del 30 de abril debían de entregar la información sobre el ejercicio de control interno de los ejercicios 2021, 2020 y 2019 el conjunto de entes locales que lo conformaban 1.117, 1.118 y 1.120 entes, respectivamente.
  • La obligación de entrega esta información persiste en el tiempo aunque se realice fuera del plazo establecido en la normativa.
  • El órgano interventor debe informar si se han aprobado acuerdos contrarios a los reparos o si han habido omisiones de fiscalización o anomalías en materia de los ingresos. En caso de que no haya existido, se debe hacer constar de forma expresa y entregar el documento previsto para hacerlo, que se denomina certificación negativa.

¿Qué hemos observado?

  • Evolución positiva en la entrega dentro de plazo con el 71,62% para la información de 2021.
  • A 31 de diciembre de 2022 faltaban 115 entes para enviar alguno de los ejercicios objeto de fiscalización.
  • El 74,02% de los titulares del órgano interventor se cubrieron con nombramientos interinos o accidentales.
  • La gran mayoría, alrededor del 73%, han enviado una certificación negativa los 3 años.
  • Los gastos en contratación es la modalidad de gasto que generó más acuerdos contrarios a los reparos y expedientes sin fiscalización previa. Respecto de los ingresos, en las tasas y tributos es donde se han detectado más anomalías. 

¿Qué recomendamos?

  • Tomar las medidas necesarias para fomentar y garantizar el envío de la información obligatoria dentro del plazo.
  • Reforzar la figura del interventor, bajando el grado de eventualidad y dotándola con los medios materiales y personales necesarios.
  • Hacer una adecuada planificación, clave para ejercer un buen control interno. Los interventores deben de elaborar el plan anual de control financiero para alcanzar un control posterior eficaz.
  • Potenciar el uso de las herramientas de colaboración y asesoramiento que la normativa pone a disposición de los interventores y exigir que estas sean eficientes, sobre todo en los municipios con recursos insuficientes.