Publicador de contenidos

Contratación pública y adjudicación del servicio de acogimiento de la infancia y la adolescencia. Ejercicios 2016-2020, Resolución 1053/XII del Parlamento

El informe en 2 minutos

¿Por qué hemos hecho esta fiscalización?

  • La Resolución 1053/XII del Parlamento de Cataluña encargaba a la Sindicatura de Cuentas un informe sobre la contratación pública del servicio de acogimiento a la infancia y la adolescencia en el período 2016-2020.
  • Las medidas protectoras activadas por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) para la protección de la infancia y la adolescencia implican el acogimiento en un centro residencial o bien otras medidas.
  • De 2016 a 2020 la DGAIA y el Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona (CSSBcn) prestaron el servicio de medidas protectoras de acogimiento residencial de niños y adolescentes con 10 tipos de servicios diferentes. 

¿Cuáles son los hechos y las cifras clave?

  • El número de expedientes abiertos con medida protectora de acogida en un centro residencial a finales del año 2016 fue de 2.975, el año 2017 de 3.487, el año 2018 de 5.681, el año 2019 de 5.677 y el año 2020 de 4.246.
  • A finales del año 2016 había 203 centros que prestaban el servicio de acogimiento por cuenta de la DGAIA. A finales del año 2020 había 594.
  • El total de obligaciones reconocidas del período fiscalizado fue de 944,46 M€, de los cuales, 788,75 correspondían a centros gestionados por la DGAIA y 155,71 M€ a centros gestionados por el CSSBcn. 

¿Qué hemos observado?

  • La necesidad de plazas de acogida hizo que las plazas se contrataran por el procedimiento de emergencia y con la sobreocupación de los servicios.
  • Hasta el 2018 la DGAIA contrató 154 centros por el procedimiento de emergencia sin que se diesen los motivos recogidos en las leyes de contratos para hacerlo.
  • La DGAIA y el CSSBcn tramitaron gasto por 94,99 M€ y 19,59 M€, respectivamente, mediante el reconocimiento extrajudicial de crédito. El CSSBcn pagó gastos por 12,57 M€ sin ningún amparo formal para hacerlo.
  • Formalizar las prórrogas fuera de la vigencia del contrato comporta la nulidad de pleno derecho del negocio jurídico. 

¿Qué recomendamos?

  • Evaluar las necesidades y hacer estudios económicos de los costes de los servicios para adaptar los precios de los módulos a los costes soportados por los proveedores de los servicios, más la ganancia empresarial que corresponda.
  • Utilizar un único número identificador de cada menor para todos los procesos administrativos.
  • Continuar con el proceso de regularización iniciado con las órdenes TSF/9/2019 y TSF/40/2020.