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Sistema de contraprestación de los servicios de atención hospitalaria y especializada de agudos prestados por los centros del SISCAT por cuenta del CatSalut, ejercicio 2022

El informe en 2 minutos

¿Por qué hemos hecho esta fiscalización?

  • El sistema sanitario catalán se configura como un sistema mixto en la provisión de servicios, con proveedores de titularidad pública o privada, y con fórmulas de gestión diversas.
  • El CatSalut compra servicios sanitarios a las entidades proveedoras que gestionan los centros integrados en la red pública para garantizar la asistencia sanitaria a la ciudadanía.
  • La contraprestación de la atención hospitalaria y especializada supone la parte más importante del gasto sanitario total en Cataluña.
  • El objetivo de esta fiscalización ha sido evaluar si el sistema de contraprestación de la atención hospitalaria se ajusta a los objetivos asistenciales del CatSalut de acuerdo con los principios de eficacia, de eficiencia y de economía. 

¿Cuáles son los hechos y las cifras clave?

  • La contraprestación se articula mediante dos mecanismos diferenciados: la financiación de los hospitales del ICS es fundamentalmente presupuestaria, e independiente de su volumen de actividad, mientras que la financiación de los hospitales del sector concertado está ligada al volumen de actividad que llevan a cabo.
  • La financiación de los hospitales del sector concertado permite introducir incentivos financieros a través del sistema de contraprestación, cuya finalidad es el alcance de ciertos objetivos establecidos por el CatSalut, pero que deben adecuarse al Plan de salud de Cataluña.
  • El volumen del gasto desplazado de la atención hospitalaria de agudos realizado y no registrado en el presupuesto fue de 1.078,04 M €, en el año 2022. 

¿Qué hemos observado?

  • Falta de adecuación al Plan de salud de los objetivos y las finalidades que se persiguen mediante el sistema de contraprestación.
  • Incumplimientos de legalidad en los instrumentos de relación entre el CatSalut y las entidades: el ICS carece del preceptivo contrato programa, mientras que las cláusulas adicionales a los convenios se formalizan extemporáneamente.
  • La integración de hospitales a efectos de la compra de servicios no es económica.
  • La contraprestación no dotó a las entidades de una financiación adecuada en tiempo y cuantía.
  • Un logro desigual de los objetivos y un uso ineficiente de los recursos públicos en la financiación de algunas intervenciones ambulatorias.   

¿Qué recomendamos?

  • Hay que revisar si los incentivos establecidos en la contraprestación de la atención hospitalaria son coherentes con la planificación estratégica del Gobierno.
  • Es necesario que la facturación de la actividad se realice por cada centro hospitalario del SISCAT, no por agrupaciones de centros.
  • Hay que impulsar un sistema de contraprestación que retribuya el tipo de actividad que realiza el hospital más que sus características estructurales.
  • Es necesario impulsar un sistema de contabilidad analítica que permita retribuir el alta hospitalaria según unas ponderaciones basadas en costes hospitalarios catalanes.
  • Es necesario que la contraprestación de los hospitales gestionados por el ICS incluya incentivos financieros análogos a los del sector concertado.