6/2024 Ayuntamiento de Terrassa. Contratación administrativa, ejercicio 2021
El informe en 2 minutos
¿Por qué hemos hecho esta fiscalización?
- El municipio de Terrassa es el tercero más poblado de Cataluña, con 233.011 habitantes.
- El Ayuntamiento presta todos los servicios mínimos establecidos por la normativa aplicable y otros no obligatorios.
- La Sindicatura, en cumplimiento de su Programa anual de actividades, ha llevado a cabo una fiscalización de cumplimiento con seguridad limitada de la contratación administrativa del Ayuntamiento, del ejercicio 2021, de acuerdo con el análisis de riesgos llevado a cabo previamente a la aprobación de dicho Programa.
- Este informe es una fiscalización de oficio.
¿Cuáles son los hechos y las cifras clave?
- La liquidación del presupuesto del ejercicio 2021 presenta unas obligaciones reconocidas de 231,47 M€. El total de obligaciones reconocidas de los capítulos 2 y 6 del presupuesto de gastos suma 61,45 M€.
- Las obligaciones reconocidas derivadas de expedientes de contratación son de 46,80 M€, y representan el 76,75% de los gastos de los dos capítulos mencionados.
- En el ejercicio 2021 estaban vigentes 342 contratos, 176 de los cuales se adjudicaron en 2021 y 166 en años anteriores.
- Hubo 48 adhesiones a contratos marco y 89 prórrogas de contratos.
- Durante el ejercicio 2021 se tramitaron 529 contratos menores.
¿Qué hemos observado?
- Se han tramitado 42 expedientes, por 1,71 M€, que se considera que dimanan de un contrato verbal irregular y, por lo tanto, nulo de pleno derecho.
- Los contratos de limpieza de dependencias municipales y de zonas verdes tuvieron una duración muy superior a la fijada por la normativa.
- No hay constancia de que en las licitaciones por procedimiento negociado sin publicidad se hayan negociado las condiciones de contratación.
- Un expediente licitado por el procedimiento abierto simplificado sumario superaba el límite para aplicar este procedimiento.
- Se han detectado determinadas incidencias relacionadas con la contratación separada de prestaciones que deberían haber sido objeto de un único contrato para cubrir necesidades recurrentes o previsibles y, por lo tanto, constituyen un fraccionamiento indebido del contrato.
¿Qué recomendamos?
- Planificar con el tiempo suficiente la tramitación de las nuevas licitaciones para renovar los contratos y de esta forma no tener que obligar a los adjudicatarios de contratos ya vencidos a continuar prestando los servicios sin contrato en vigor.
Última actualización: 09/02/2023