Instrucciones para remitir la Cuenta general

Las corporaciones locales deben enviar la Cuenta general de cada ejercicio, directamente, a la Sindicatura de Cuentas, antes del 15 de octubre del año siguiente al del cierre del ejercicio, de acuerdo con lo establecido en la Ley 18/2010, de 7 de junio, de la Sindicatura de Cuentas. En función de la dimensión y del presupuesto de las corporaciones locales, estas pueden aplicar el modelo normal, simplificado o básico de la instrucción de contabilidad local. Al seleccionar el modelo de ICAL aplicable, podrá consultar el Acuerdo regulador y los recordatorios y manuales que facilitan la realización del trámite.
 

La documentación de la Cuenta general se debe presentar a través de la plataforma EACAT, la extranet de las administraciones catalanas. Puede acceder a EACAT para remitir la Cuenta general mediante este enlace:  

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